Preguntas y respuestas ante un deceso
Consejos sobre la elección, prestación y realización de un servicio fúnebre.
¿A quién comunico un fallecimiento?
Todas las empresas funerarias prestan servicio de atención telefónico durante las 24 horas del día. En el momento de necesitar una empresa, simplemente tiene que contactar por teléfono en cualquier momento del día.
¿Existe posibilidad de elegir tanatorio?
Si, siempre. Según la legislación vigente, los familiares del difunto disponen de una Libertad de Elección Total. Al igual que a un ambulatorio sólo pueden acudir las personas que viven en los alrededores del mismo, una familia puede elegir el tanatorio que considere más necesario para prestar el servicio que deseen.
¿Qué precio puede suponer un funeral?
Anticipar nunca es adelantar. Por tal motivo, y por la cantidad de variantes que pueden tener los funerales, es aconsejable disponer de un presupuesto previo, que nos ayudará mucho en la preparación del servicio. Las variaciones en precio, se pueden dar por el tipo de arca, flores, esquela en prensa, radio y/o internet, traslados de cadáver, etc...
Para su tranquilidad en el momento de elegir el servicio, le invitamos a solicitar el presupuesto que más se adapte a sus necesidades.
¿Puedo elegir libremente si deseo enterrar o incinerar?
A excepción de los fallecimientos que dependan del juzgado, en los que es necesaria la autorización expresa por éste, siempre se puede elegir. Es recomendable informarse sobre los servicios que presta cada funeraria, así como si dispone de un crematorio propio, y de los horarios del mismo. Hay funerarias que realizan incineraciones los 365 días del año, y otras que no, o que tienen diferentes horarios.
¿Qué destino puedo darle a las cenizas?
Cada familia realiza su propia elección. Puede darse la Custodia familiar, Renuncia, Entierro, o bien depósito en Columbario. Siempre decide la familia.
¿Tramitará la funeraria toda la documentación?
Siempre las funerarias realizan esta gestión. Pero es importante disponer de la información previa de cada empresa, en aras de conocer a fondo en qué consiste esta tramitación. Toda la documentación legal y obligatoria que permita la prestación del sepelio, será realizada por parte de la funeraria. Lo que debería consultar siempre, es si la tramitación posterior también está incluída. Depende de cada empresa. En algunas no se realiza tramitación posterior, y en otras si se realiza, incluyendo ésta, todo lo relacionado con la seguridad social y pensiones, documentación del juzgado y últimas voluntades, que han de ser solicitadas a Madrid.
¿Y si necesita realizar algún tipo de traslado de cadáver para prestar el sepelio?
<span style="\\"line-height:" 1.6em;\\"="">La empresa funeraria se encargará del mismo y de los trámites obligatorios, sin que Vd. tenga que preocuparse de realizar dificultosas gestiones en un momento más que delicado.
¿ Y si necestio algún tipo de apoyo profesional psicológico?
También tiene que consultar en cada funeraria. Al igual que la tramitación de documentación, hay empresas que lo ofrecen, algunas de forma gratuíta.
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